Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
Su principal obligación, conforme a la naturaleza misma de su empleo, es evitar la fuga de los presos.
---
Registro digital (IUS): 811701
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1300
Amparo penal directo interpuesto ante la Suprema Corte. Martínez Antonio. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Agustín Urdapilleta y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. IUS 811696. PRIVACION DE PROPIEDAD.
Siguiente
Art. IUS 811708. SUSPENSION DE LOS JUECES DE DISTRITO.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo