PENALES

Artículo 4 . ABIGEATO, CUANDO HAY APODERAMIENTO Y NO POSESION DE SEMOVIENTES PARA CONFIGURAR EL DELITO DE.

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

ABIGEATO, CUANDO HAY APODERAMIENTO Y NO POSESION DE SEMOVIENTES PARA CONFIGURAR EL DELITO DE.

Las funciones de una persona en el rancho donde trabaja, consistentes en velar la finca, ordeñar, revisar el ganado, trasladar las reses de un lugar a otro, informar semanalmente del número de semovientes y de los trabajos efectuados, no implican que dicha persona tenga la posesión de ellas, ni del lugar del que las sustrajo, ni que, en virtud de esos encargos, no se actualice el delito de abigeato, por no darse el apoderamiento de los animales; porque no demostrado un acto generador de la posesión, las funciones mencionadas evidencian que sólo se tenía acceso a los semovientes como consecuencia de una relación de trabajo, sin que los mismos hubiesen salido del dominio del pasivo.TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 812313

Clave: 4

Fuente: Informes

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; Informes; Informe 1989, Parte III; Pág. 959

Precedentes

Amparo en revisión 104/89. Pilar Arias Pérez. 16 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Moisés Duarte Aguíñiga. Secretario: Frank Aviña Rodríguez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 4 del PENALES?

Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 4 de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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