PENALES

Artículo IUS 812473. CONDENA CONDICIONAL, CONDUCTA PRECEDENTE.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladasexta-Épocapenal

Texto Legal

CONDENA CONDICIONAL, CONDUCTA PRECEDENTE.

La mala conducta debe ser previa al hecho delictuoso que se juzga, por lo que si es coetánea, no puede constituir precedente negativo; como en el caso de un poseedor de marihuana, que al momento de la detentación ilícita, confesó que al mismo tiempo robó, de ahí que fue ilegal que el juzgador tomara esta conducta, como antecedente contrario al acusado, negándole el citado beneficio.

---

Registro digital (IUS): 812473

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1963; Pág. 37

Precedentes

Amparo directo 1868/62. Rafael Torres González. 15 de julio de 1963. Unanimidad de cinco votos. Ponente Agustín Mercado Alarcón. Secretario: Rubén Montes de Oca.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 812473 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 812473 de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 812473 del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 812473 PENALES desde tu celular