PENALES

Artículo IUS 812477. CORRUPCION DE MENORES (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

CORRUPCION DE MENORES (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).

A pesar de que obren en autos datos relativos a que la menor ofendida no era de intachable conducta, el hecho de dedicarla a los quince años a la prostitución, impidió al proceso correctivo en que estaban empeñados sus padres y el punto comparativo para determinar si ciertos actos facilitan la corrupción, no es comparando una conducta concreta con un arquetipo moral de perfección; sino relacionando la situación a que es llevado el sujeto pasivo por el delito, con su estado espiritual ético anterior al mismo y así, en la especie, el agente causó un marcado descenso en el nivel moral de la menor que significa corrupción.

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Registro digital (IUS): 812477

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1963; Pág. 39

Precedentes

Amparo directo 8929/62. Orozco Cárdenas Ana. 17 de octubre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Angel González de la Vega. Ponente: Manuel Rivera Silva. Secretario: José de la Peña.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 812477 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 812477 de la J. Penales SCJN?

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