PENALES

Artículo IUS 812514. SOBRESEIMIENTO POR CAUSA DE IMPROCEDENCIA.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

SOBRESEIMIENTO POR CAUSA DE IMPROCEDENCIA.

Si el reo comparece ante el órgano judicial de ejecución a constituir la fianza para gozar del beneficio de la condena condicional, tal manifestación de voluntad entraña consentimiento del acto que reclama en amparo, por aceptar la decisión del tribunal de apelación; en consecuencia, procede el sobreseimiento del juicio de garantías. (Artículos 73-XI y 74-II de la Ley de Amparo).

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Registro digital (IUS): 812514

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1963; Pág. 78

Precedentes

Amparo directo 5236/61. Rivera González Fernando. 2 de febrero de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón. Secretario: Rubén Montes de Oca.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 812514 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 812514 de la J. Penales SCJN?

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