Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Cuando el Ministerio Público en el cuerpo de sus conclusiones no hace referencia a la clase de calificativa por la que acusa y solamente pide se aplique el artículo 381 del Código Penal, el juzgador está impedido para condenar por robo calificado, pues no hay acusación por lo hechos y circunstancias determinados, en que consiste cualquier calificativa concreta.
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Registro digital (IUS): 812691
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1965; Pág. 27
Amparo directo 3091/64. Félix Santacruz Moreno. 28 de octubre de 1964. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Secretario: José de la Peña.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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