Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
No se surten los extremos que consigna la disposición legal que imputa la competencia a los Jueces de Distrito del Distrito Federal en Materia Penal para conocer de los delitos del orden federal, siendo de esta naturaleza los cometidos en contra de un funcionario o empleado federal en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, porque examinado el proceso, se viene en conocimiento de que el occiso, Inspector de Alcoholes, perdió la vida en una reyerta callejera, fuera del ejercicio de sus funciones, conforme resulta de las diversas declaraciones rendidas por los testigos que depusieron en el proceso; sin que obste el contenido de un oficio del Jefe de la Oficina Federal de Hacienda en Pachuca, del cual aparece que fue designado el occiso para que desempeñara el servicio de vigilancia durante la noche en que tuvieron lugar los acontecimientos, ya que para considerar que el delito es del orden federal, precisa que se haya cometido contra un empleado federal cuando está en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, lo que no acontece en este caso.
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Registro digital (IUS): 812692
Fuente: Informes
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1943; Pág. 106
Competencia 144/43. Suscitada entre el Juez de Distrito del Estado de Hidalgo y el Juez Primero del Ramo Penal de Pachuca, Hidalgo. La publicación no menciona la fecha de resolución. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 812689. ARBITRIO JUDICIAL.
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