PENALES

Artículo IUS 812694. CONFESION DEL ACUSADO. VALOR DE LA.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

CONFESION DEL ACUSADO. VALOR DE LA.

Para que la confesión del acusado tenga valor probatorio pleno es requisito indispensable, entre otros, que sea rendida ante autoridad competente, pues de otra suerte queda reducida al simple valor de un indicio que solamente adquiere preponderancia según el apoyo que otros elementos de prueba le presten.

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Registro digital (IUS): 812694

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1965; Pág. 35

Precedentes

Amparo directo 6428/63. Nicolás Tello González. 12 de febrero de 1965. Unanimidad de cinco votos. Relator: Mario G. Rebolledo. Secretario: F. Aguilera Rojas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 812694 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 812694 de la J. Penales SCJN?

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