Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
El hecho por el cual se inició el proceso fue el de robo de unas alhajas de propiedad del comandante de la Zona Militar extraídas de los cajones de su escritorio que estaba en las oficinas de la comandancia. Los inculpados se hallaban desempeñando el servicio de guardia durante los días en que probablemente se cometió el delito; en tal concepto, éste fue cometido en el momento en que aquéllos estaban en servicio, pues por tal circunstancia tenían acceso a las oficinas de la Comandancia de la Zona Militar, dentro de las cuales se encontraba el escritorio del comandante de la Zona, quien guardaba en él las alhajas; en consecuencia, tienen aplicación los artículo 13 constitucional y 57, fracción II, inciso a), del Código de Justicia Militar y corresponde la competencia para conocer del hecho al fuero militar.
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Registro digital (IUS): 812699
Fuente: Informes
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1943; Pág. 113
Competencia 123/42. Suscitada entre los Jueces de la Plaza de San Luis Potosí y el Primero de Primera Instancia de Tuxpan, Ver. La publicación no menciona la fecha de resolución. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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