Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Si el acusado encuentra al que resultó victimado, con quien había antecedentes de disgusto, y movido por los efectos del odio, regresa a su casa, se arma de una pistola y se dirige de nuevo al lugar del encuentro, actuando durante todo el tiempo la afectación en el ánimo del quejoso, y luego causa muerte de su rival, no concurre la calificativa de premeditación, porque mientras dura la pasión, ella elimina la facultad de meditar fríamente y hacer juicios sobre el delito que se va a cometer.
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Registro digital (IUS): 812700
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1965; Pág. 54
Amparo directo 3486/63. Joaquín Soto Viramontes. 26 de marzo de 1965. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega. Secretario: Luis Rayas Gutiérrez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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