Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Si la acusada manifestó que introdujo al país mercancías grabadas con impuestos de importación, haciéndolo poco a poco y presentándolas después a revisión en lotes, valiéndose de sus amistades, y expresa que tal hizo para eludir los impuestos porque no tenía dinero para cubrirlos, es obvio que está demostrada la intencionalidad del delito y nada la favorece el hecho de que al practicársele una revisión en un puesto aduanal distante ya varios kilómetros de la frontera fueran esas mercancías en su equipaje, el que iba en el compartimiento correspondiente, y quedara a la vista de quienes practicaban el registro.
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Registro digital (IUS): 812828
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1964; Pág. 40
Amparo directo 3568/63. Ornelas de Rodríguez Paula. 20 de febrero de 1964. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Secretario: Javier Alba Muñoz.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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