PENALES

Artículo IUS 812921. PREMEDITACION.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PREMEDITACION.

No puede estimarse que opere esta calificativa aun cuando el acusado haya ido a procurarse proyectiles momentos antes de los hechos, si está demostrado que se encontraba bastante tomado, que discutía neciamente con todas las personas, que había tenido disgusto por causa del juego con el ofendido y que hubo sucesión de los hechos bajo dicho estado, por lo que se descarta la reflexión madura que implica la premeditación.

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Registro digital (IUS): 812921

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1959; Pág. 55

Precedentes

Amparo directo 2493/59. Ernesto Esparza Carrillo. 28 de septiembre de 1959. Unanimidad de cinco votos. Ponente Agustín Mercado Alarcón. Secretario: Raúl Cuevas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 812921 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 812921 de la J. Penales SCJN?

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