Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Conforme a los artículos 111 y 113 del Reglamento de Tránsito para el Distrito Federal, las ambulancias tienen preferencia de paso en todas las vías públicas, por lo cual los conductores de vehículos, sin excepción, deberán cederlo, haciendo alto completo frente a un crucero por el que ha de pasar una ambulancia, aunque aquéllos tengan la señal de "siga" en el semáforo respectivo.
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Registro digital (IUS): 812957
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1962; Pág. 58
Amparo directo 6249/61. Atilano López Pacheco. 15 de enero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela. Secretario: Alexandro Martínez Camberos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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