Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
Es legal la sentencia condenatoria por coautoría en el delito de homicidio, si de autos aparece que las respectivas versiones que dieron los coacusados fueron falsas y con el único objeto de eludir su propia responsabilidad; y en cambio aparecen una serie de indicios (su estancia en el lugar, día y hora de los hechos, su huida intempestiva a otra población a raíz de aquéllos, las contradicciones en sus propias declaraciones, la trayectoria seguida por el proyectil) que lógicamente enlazados prueban en contra del quejoso.
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Registro digital (IUS): 813028
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1959; Pág. 56
Amparo directo 5661/58. Luis Ramírez Jiménez. 3 de abril de 1959. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón. Secretario: Raúl Cuevas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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