PENALES

Artículo IUS 813091. SEDUCCION, ENGAÑOS, EN LOS DELITOS DE RAPTO Y ESTUPRO.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

SEDUCCION, ENGAÑOS, EN LOS DELITOS DE RAPTO Y ESTUPRO.

Aun cuando en un caso concreto no existe prueba directa sobre la seducción y los engaños, puede llegarse a la convicción de su existencia, a través del análisis de las circunstancias que mediaron en el caso. Así pues, es de suponerse fundadamente que para obtener el consentimiento se usó del engaño, cuando las declaraciones del agente del delito y de la ofendida dan a entender sin lugar a dudas que hubo ofrecimiento de matrimonio de por medio.

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Registro digital (IUS): 813091

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1958; Pág. 52

Precedentes

Amparo directo 859/58. Teoduardo Sánchez Rodríguez. 16 de octubre de 1958. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Secretario: Rafael Murillo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813091 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813091 de la J. Penales SCJN?

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