PENALES

Artículo IUS 813117. QUERELLA. PUEDE PRESENTARSE POR EL APODERADO GENERAL.

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

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Texto Legal

QUERELLA. PUEDE PRESENTARSE POR EL APODERADO GENERAL.

El poder general para todos los negocios que se ofrecieren al mandante, autoriza al mandatario para presentar querella; y esta facultad se hace evidente cuando en el texto de la escritura se habla de asuntos penales. Por tanto, no es preciso que el poder se otorgue con posterioridad a la comisión del delito, ni tampoco que sea específico.

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Registro digital (IUS): 813117

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1957; Pág. 39

Precedentes

Amparo directo 5218/56. Alicia Villaseñor Hurtado. 24 de agosto de 1957. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos Franco Sodi. Ponente y Disidente: Luis Chico Goerne.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813117 del PENALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813117 de la J. Penales SCJN?

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