Tesis aislada · Sexta Época · Primera Sala
El poder general para todos los negocios que se ofrecieren al mandante, autoriza al mandatario para presentar querella; y esta facultad se hace evidente cuando en el texto de la escritura se habla de asuntos penales. Por tanto, no es preciso que el poder se otorgue con posterioridad a la comisión del delito, ni tampoco que sea específico.
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Registro digital (IUS): 813117
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1957; Pág. 39
Amparo directo 5218/56. Alicia Villaseñor Hurtado. 24 de agosto de 1957. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos Franco Sodi. Ponente y Disidente: Luis Chico Goerne.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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