PENALES

Artículo IUS 813614. DELITO DE CULPA.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

DELITO DE CULPA.

La circunstancia de encontrarse el conductor de un vehículo transitoriamente en la localidad de los acontecimientos, no los excluye de responder del resultado dañoso que se origine por su conducta imprudente, pero sí, en cambio, habrá de servir de elemento al juzgador para graduar la pena.

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Registro digital (IUS): 813614

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1955; Pág. 38

Precedentes

Amparo directo 968/53. Paxón Charles Hayes. 7 de mayo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813614 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813614 de la J. Penales SCJN?

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