Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Cuando un Tribunal concluye en la condena mediante un raciocinio denotando seguridad y firmeza, desaparece automáticamente la oportunidad de aplicar el artículo 602 del Código de Justicia Militar porque precisamente la duda es un estado de conciencia y como tal, subjetivo: implica ausencia completa de convicción, suspensión de juicio como resultante de indecisión ante la afirmación o negación de una realidad; estado de perplejidad por no saber qué sustentarse o un medio entre dos posibilidades en que ninguna de ellas muestra un perfil bastante convincente.
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Registro digital (IUS): 813619
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1955; Pág. 41
Amparo directo 659. Enrique Bustamante 3 de marzo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XCIV, página 175, tesis de rubro: "CONFESION DEL REO. LEGISLACION MILITAR."
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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