Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
El proceso instruido en contra de un individuo por haber expedido un cheque a cargo de una institución bancaria, sin tener fondos en ella, valiéndose de su carácter de empleado de la misma, y por haber obtenido su importe de otro banco, mediante la apertura de una cuenta corriente en su favor, es de la competencia de las autoridades judiciales del fuero federal, porque tal hecho delictuoso queda comprendido, sin lugar a duda, dentro de las disposiciones del artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, que es de carácter federal.
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Registro digital (IUS): 813642
Fuente: Informes
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1951; Pág. 194
Competencia 12/46. Suscitada entre el Juez de Distrito en el Estado de Nuevo León, y el Juez Primero de Letras del Ramo Penal de Monterrey. 28 de noviembre de 1950. Mayoría de trece votos de los señores Ministros: Teófilo Olea y Leyva, Armando Z. Ostos, Agustín Mercado Alarcón, Octavio Mendoza González, Luis G. Corona, Carlos I. Meléndez, Fernando De la Fuente, Luis Díaz Infante, Nicéforo Guerrero, José Rebolledo, Alfonso Francisco Ramírez, Mariano Ramírez Vázquez, y Agapito Pozo, contra dos, de los señores Ministros: Franco Carreño y del Presidente Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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