PENALES

Artículo IUS 813644. IMPRUDENCIA GRAVE.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

IMPRUDENCIA GRAVE.

Siendo de primordial importancia que el mecanismo de la atención no sea alterado en forma alguna en hechos en que se requiere toda la vigilia del sujeto, como en el caso de la conducción de vehículos; por lo que si éste altera sus facultades psíquicas mediante la ingestión de bebidas embriagantes y permite que un cargador ignorante en el oficio y también en ese estado inconveniente maneje el autotransporte a él encomendado ocasionando daños lesivos, la imprudencia emergente se conceptúa, técnicamente, como grave.

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Registro digital (IUS): 813644

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1955; Pág. 54

Precedentes

Amparo directo 3350/55. Delfino Arroyo Torres y Juan Manuel Márquez Gutiérrez. 11 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813644 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813644 de la J. Penales SCJN?

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