PENALES

Artículo IUS 813646. ABUSO DE AUTORIDAD.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

ABUSO DE AUTORIDAD.

No tienen justificación las vejaciones inferidas a personas privadas del conocimiento por efecto de la embriaguez y que, por la inhibición de sus facultades, principalmente las que dominan los movimientos, son incapaces de oponer resistencia. Tampoco la tienen las que se infieren a alguna persona que trata de evitar un acto indebido de un agente de la autoridad. Por lo mismo, las vejaciones indicadas constituyen el delito de abuso de autoridad.

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Registro digital (IUS): 813646

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1951; Pág. 25

Precedentes

Amparo directo 9074/48. Juan Véliz y Mariano Gutiérrez. 16 de noviembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente y Relator: Luis G. Corona.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813646 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813646 de la J. Penales SCJN?

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