PENALES

Artículo IUS 813656. CONDENA CONDICIONAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

CONDENA CONDICIONAL.

Si a un acusado del delito de robo se le impone la pena de un año de prisión y multa de cincuenta pesos, o veinte días más de prisión, y se le niega la condicionalidad de esas sanciones, estimándose comprobado el hecho de que ya había delinquido con anterioridad, con los datos que aparecían en su ficha signalética, en el sentido de que había ingresado a la Penitenciaría, como presunto responsable de otro delito de robo y de que había obtenido su libertad preparatoria, posteriormente, tal resolución es legal, porque, sólo pueden obtener esa clase de libertad los reos sentenciados ejecutoriamente.

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Registro digital (IUS): 813656

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1942; Pág. 56

Precedentes

Amparo directo 9127/41. Juventino Mendoza Mayoral. 29 de enero de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813656 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813656 de la J. Penales SCJN?

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