Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Si un chofer de un camión aceptó que transitaba por una calle, en sentido contrario al permitido por las reglas de tránsito de vehículos, en ese lugar, en el choque ocurrido entre el mismo camión y un automóvil que circulaba en forma correcta, la responsabilidad penal de dicho chofer en los delitos de daño en propiedad ajena y lesiones que resultaron de la colisión, es evidente, pues que, al obrar en la forma en que lo hizo incurrió en manifiesta imprevisión y falta de cuidado en el manejo del vehículo que tenía a su cargo.
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Registro digital (IUS): 813754
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1942; Pág. 65
Amparo directo 2743/42. Ramón López Espinosa. 24 de julio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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