PENALES

Artículo IUS 813758. PRUEBA INDICIARIA Y PRESUNCION EMERGENTE.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PRUEBA INDICIARIA Y PRESUNCION EMERGENTE.

Siendo los indicios medios adecuados para llegar de la verdad conocida a la que se busca, la presunción representa el resultado obtenido, por lo que no se vulneran garantías si son varios los indicios comprobados y la responsabilidad de los indicios se presume por la vinculación armoniosa de esos medios.

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Registro digital (IUS): 813758

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1955; Pág. 66

Precedentes

Amparo directo 3259/54. José Muñoz Rómulo y coagraviadas. 11 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813758 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813758 de la J. Penales SCJN?

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