PENALES

Artículo IUS 813799. FIANZAS PARA GARANTIZAR LA LIBERTAD DE PERSONAS SUJETAS A PROCESO. IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE NULIDAD CUANDO EXISTE ACUERDO CONSENTIDO DEL JUEZ PENAL.

Jurisprudencia · Quinta Época · Segunda Sala

scjn-jurisprudencias-penalesjurisprudenciaquinta-Épocapenal

Texto Legal

FIANZAS PARA GARANTIZAR LA LIBERTAD DE PERSONAS SUJETAS A PROCESO. IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE NULIDAD CUANDO EXISTE ACUERDO CONSENTIDO DEL JUEZ PENAL.

Como la Sala del Tribunal Fiscal de la Federación, par declarar la nulidad de la resolución que dictó el Juez en Materia Penal, ordenando el requerimiento de pago de una fianza carcelaria, juzgó sobre la validez de ese acto; y como ese mismo acto no fue impugnado en forma legal alguna y respecto del cual la aludida Sala carece de competencia para hacer tal juzgamiento, es evidente que se está en presencia, de un acto, el que emanó de dicha Sala, derivado de otro que quedó consentido, o sea, del que ordenó el requerimiento de pago; de donde, la acción de nulidad resulta improcendente.

---

Registro digital (IUS): 813799

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [J]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1956; Pág. 23

Precedentes

Revisión fiscal 203/55. Tesorería del Distrito Federal (Compañía de Fianzas Lotonal, S. A.). 12 de enero de 1956. La publicación no menciona la votación del asunto ni el nombre del ponente.Revisión fiscal 229/55. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. La publicación no menciona la fecha, la votación del asunto ni el nombre del ponente.Revisión fiscal 222/55. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. 15 de febrero de 1956. La publicación no menciona la votación del asunto ni el nombre del ponente.Revisión fiscal 307/55. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. 23 de marzo de 1956. La publicación no menciona la votación del asunto ni el nombre del ponente.Revisión fiscal 41/56. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. 7 de mayo de 1956. La publicación no menciona la votación del asunto ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 813799 del PENALES?

Jurisprudencia · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 813799 de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 813799 del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 813799 PENALES desde tu celular