Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
En el delito de violación pueden concurrir violencia física o violencia moral por parte del agente para lograr del pasivo el acceso carnal sin su consentimiento, o bien emplear el activo los dos medios, usando de preferencia la vis compulsiva, intimidando con instrumento vulnerante a la ofendida para lograr su propósito y los medios mecánicos físicos como complementarios, de ahí que los últimos no dejen huella apreciable en el cuerpo de la víctima, sin destruirse por ello, la antijuridicidad de la conducta desplegada por el agente.
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Registro digital (IUS): 813853
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1955; Pág. 82
Amparo directo 4500/55. Albino Martínez Hernández. 24 de octubre de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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