PENALES

Artículo IUS 814077. DELITOS COMETIDOS POR UN AGENTE DE LA POLICIA JUDICIAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

DELITOS COMETIDOS POR UN AGENTE DE LA POLICIA JUDICIAL.

Si se comprueba que el presunto inculpado, a quien se imputan los delitos de abuso de autoridad, lesiones y robo desempeñaba el cargo de agente de la Policía Judicial, pero no que cuando ocurrieron los hechos delictuosos investigaba un delito de carácter federal, ejerciendo funciones de tal carácter, como auxiliar de las autoridades de la Federación, compete al Juez del orden común el conocimiento de la averiguación o proceso respectivo.

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Registro digital (IUS): 814077

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1950; Pág. 100

Precedentes

Competencia 120/49. Suscitada entre el Juez de Primera Instancia de Nogales, Estado de Sonora y el Juez de Distrito en dicha entidad federativa. 8 de marzo de 1950. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814077 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814077 de la J. Penales SCJN?

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