PENALES

Artículo IUS 814089. IMPRUDENCIA. DELITO DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar

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Texto Legal

IMPRUDENCIA. DELITO DE.

Si al realizarse maniobras que por su naturaleza requieren extrema precaución, como son las que se efectúan junto a las vías férreas en las operaciones de carga y descarga, se causa un daño por falta de previsión y de cuidado, debe estimarse que el agente obró en forma imprudente, pues pudo prever que de no actuar con previsión y cuidado, podía producirse un daño como el ocurrido, mismo que le hubiera sido fácil evitar siguiendo otra conducta.

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Registro digital (IUS): 814089

Fuente: Informes

Instancia: Sala Auxiliar

Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; Informes; Informe 1955; Pág. 31

Precedentes

Amparo penal directo 705/50. Lorenzo Viñas Ibarra. 23 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814089 del PENALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814089 de la J. Penales SCJN?

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