PENALES

Artículo IUS 814102. RIÑA. SU EXISTENCIA ELIMINA LA POSTURA DE QUE SE CONFIGURE LA LEGITIMA DEFENSA.

Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar

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Texto Legal

RIÑA. SU EXISTENCIA ELIMINA LA POSTURA DE QUE SE CONFIGURE LA LEGITIMA DEFENSA.

Si la actitud del acusado fue de tal manera provocativa que dio margen a una reacción violenta en su contra por parte de todos los rijosos, y está demostrado que participó en la riña, no se justifica la existencia de la excluyente de responsabilidad de legítima defensa, porque la aceptación de la contienda por parte del quejoso elimina la posibilidad de considerar que la agresión se efectuó en los términos requeridos para que se opere la excluyente.

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Registro digital (IUS): 814102

Fuente: Informes

Instancia: Sala Auxiliar

Localización: [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; Informes; Informe 1955; Pág. 41

Precedentes

Amparo directo penal 3142/50. Francisco Ramos Díaz. 25 de febrero 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814102 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Sala Auxiliar

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814102 de la J. Penales SCJN?

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