PENALES

Artículo IUS 814132. HOMICIDIO EN RIÑA.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

HOMICIDIO EN RIÑA.

No es violatoria de garantías la sentencia que condena a un acusado por este delito y no admite la legítima defensa que se alega en favor de aquél, cuando tal sentencia se funda en las declaraciones unánimes de testigos que afirman que el reo fue provocado por el ofendido y que, aceptada esa provocación entre ambos se verificó una contienda de obra, en la que el segundo resultó muerto.

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Registro digital (IUS): 814132

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1950; Pág. 75

Precedentes

Amparo en revisión 2046/50. Colmenares Cabrera Antonio. 31 de julio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rebolledo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814132 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814132 de la J. Penales SCJN?

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