Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Para librarla no es necesario que esté comprobada la existencia del cuerpo del delito, sino sólo que se satisfagan los requisitos que señala el artículo 16 constitucional, como tampoco es necesario que se haga la precisa clasificación del delito, pues basta con que los hechos denunciados puedan constituir el delito materia de la imputación.
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Registro digital (IUS): 814151
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1950; Pág. 105
Amparo en revisión 670/49. García Jacinto. 21 de noviembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis G. Corona.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 814149. LIBERTAD PREPARATORIA.
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