Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
La prueba en el proceso de que el acusado es toxicómano, no excluye la posibilidad de condenársele por el delito de tráfico de enervantes, si de autos aparece prueba suficiente que demuestre que el propio inculpado, además de ser un vicioso, traficó con las drogas enervantes.
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Registro digital (IUS): 814368
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1952; Pág. 32
Amparo directo 3881/50. Ernesto Hernández Carranza. 26 de noviembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Ponente: Rebolledo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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