PENALES

Artículo IUS 814470. IMPRUDENCIA PUNIBLE. PRUEBA DE LA.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

IMPRUDENCIA PUNIBLE. PRUEBA DE LA.

Esta Suprema Corte ha declarado que la imprudencia o impericia con la que ha procedido un indiciado debe probarse expresamente y no por conjeturas. Cuando queda plenamente demostrado que el conductor de un vehículo manejaba en estado de ebriedad en el momento en que se sufre el accidente que da origen al proceso; esto debe considerarse prueba suficiente de la imprudencia.

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Registro digital (IUS): 814470

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1952; Pág. 42

Precedentes

Amparo directo 2665/49/1a. Anastasio Altamirano. 7 de mayo de 1952. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814470 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814470 de la J. Penales SCJN?

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