PENALES

Artículo IUS 814475. PENA EXACTAMENTE APLICABLE. ARTICULO 309, FRACCION III, DEL CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PENA EXACTAMENTE APLICABLE. ARTICULO 309, FRACCION III, DEL CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES.

Cuando se ha concedido valor probatorio pleno al dictamen pericial que establece que con el arma que utilizó el quejoso no se pudieron inferir las lesiones mortales, sino sólo las que no lo fueron, la sentencia que condenó por las primeras es violatoria de las garantías del artículo 14 constitucional por aplicar inexactamente la pena.

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Registro digital (IUS): 814475

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1952; Pág. 48

Precedentes

Amparo directo 5703/49/1a. Felipe López Quiroz. 19 de enero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis G. Corona. Secretario: Murillo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814475 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814475 de la J. Penales SCJN?

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