PENALES

Artículo IUS 814517. CONFESION.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

CONFESION.

No puede aceptarse íntegramente ni tenerse por calificada por la legítima defensa, cuando el acusado presente dos versiones contradictorias; esta en abierta pugna con lo declarado por el ofendido y por último, los testigos están en desacuerdo con el acusado, señalando circunstancias que este no adujo.

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Registro digital (IUS): 814517

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1954; Pág. 36

Precedentes

Amparo directo 5496/51/2a. Zacatelco Tepale Ascensión. 6 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814517 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814517 de la J. Penales SCJN?

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