PENALES

Artículo IUS 814530. DEFENSA LEGITIMA.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

DEFENSA LEGITIMA.

Los tribunales no pueden tener en cuenta dicha excluyente, si no se comprueba debidamente en autos, y menos aún si en contra existe el dicho del ofendido, porque en tal caso se encuentran equilibradas y contradichas las presunciones derivadas de las declaraciones de los protagonistas por ausencia de otros datos. Además, para que la defensa pueda justificarse, es necesario que exista un peligro actual e inminente, que amenace con un riesgo cercano y grave, no conjetural que pueda o no acaecer.

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Registro digital (IUS): 814530

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1954; Pág. 43

Precedentes

Amparo directo 4198/53/2a. González Pereyra José Dolores. 28 de octubre de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814530 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814530 de la J. Penales SCJN?

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