PENALES

Artículo IUS 814674. IMPRUDENCIA, DELITO DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladaquinta-Épocapenal

Texto Legal

IMPRUDENCIA, DELITO DE.

Cuando el conductor y el maquinista de un tren se distraen y no perciben la luz roja del semáforo que significa que la vía se halla ocupada por tren o convoy que se desplaza en sentido contrario, y prosiguen su marcha, determinando con ello la colisión, tal comportamiento de los imputados implica la violación de un deber jurídico de cuidado, que se desprende de las reglas 71, 72 y 87 del Reglamento de Transportes de los Ferrocarriles Nacionales de México, siendo punible tal conducta en grado de imprudencia.

---

Registro digital (IUS): 814674

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1954; Pág. 62

Precedentes

Amparo directo 7495/45/1a. Castillo Rivera Rodolfo y Sanromán Rodríguez Tomás. 28 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Relator: Teófilo Olea y Leyva. Secretario: Enrique Padilla C.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814674 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814674 de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 814674 del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 814674 PENALES desde tu celular