PENALES

Artículo IUS 814689. PRUEBA PRESUNTIVA EN MATERIA PENAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PRUEBA PRESUNTIVA EN MATERIA PENAL.

Cuando los indicios que sujeta a valoración jurídica, el juzgador no tiene el carácter de necesarios, en razón de que el efecto dañoso privación de la vida puede ser atribuido a diversas y no a una exclusiva causa, la sentencia que declara la culpabilidad jurídico penal del quejoso, es violatoria de las reglas que rigen la prueba indiciaria y por tanto de garantías constitucionales y ello determina la concesión del amparo al quejoso.

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Registro digital (IUS): 814689

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1954; Pág. 75

Precedentes

Amparo directo 3892/53/2a. López Fidel. 5 de junio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausencia: Luis Chico Goerne. Relator: Teófilo Olea y Leyva. Secretario: Enrique Padilla C.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814689 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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