PENALES

Artículo IUS 814773. CUERPO DEL DELITO DE HOMICIDIO. CAREOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

CUERPO DEL DELITO DE HOMICIDIO. CAREOS.

Par la comprobación del homicidio no es requisito indispensable que se haya practicado la diligencia de necropsia, cuando la privación de la vida de un hombre se haya acreditado por los demás medios de prueba que establece la ley. No es necesario practicar careos entre el inculpado y los testigos que depongan en su contra, cuando aquél haya confesado el delito.

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Registro digital (IUS): 814773

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1936; Pág. 25

Precedentes

Amparo directo 12103/32. Segundo González Faustino. La publicación no menciona la fecha de resolución del asunto, la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814773 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814773 de la J. Penales SCJN?

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