PENALES

Artículo IUS 814792. LESIONES. CERTIFICADO DE SANIDAD.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

LESIONES. CERTIFICADO DE SANIDAD.

Cuando de las constancias de autos no apareciere que los peritos designados al efecto rindieron el dictamen de sanidad respectivo, el cual es indispensable para imponer la pena al reo, y cuyo documento viene a establecer con claridad la clasificación de la lesión o lesiones sufridas por el ofendido, esa omisión por parte del Juez instructor da margen a la concesión del amparo, puesto que la penalidad que se impone tiene que ser arbitraria e injusta.

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Registro digital (IUS): 814792

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1936; Pág. 52

Precedentes

Amparo directo 7124/35. Salazar Durán Luis. La publicación no menciona la fecha de resolución del asunto, la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814792 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814792 de la J. Penales SCJN?

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