PENALES

Artículo IUS 814823. CAREO CONSTITUCIONAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

CAREO CONSTITUCIONAL.

Conforme a la fracción VIII del artículo 20 de la Constitución Federal, en concordancia con la III del artículo 160 de la Ley de Amparo, existe violación procesal determinante de indefensión del quejoso, si dejó de carearse al acusado con quienes depusieron en su contra, siempre que los que declararon estén en el mismo lugar del juicio, donde se encuentra el inculpado.

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Registro digital (IUS): 814823

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1940; Pág. 27

Precedentes

Amparo directo 8786/39/2a. Gutiérrez Ramiro. 30 de enero de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814823 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814823 de la J. Penales SCJN?

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