Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
En varias ejecutorias esta Suprema Corte ha expresado ya su criterio de que no corresponde a los peritos emitir opinión alguna sobre el capítulo de la responsabilidad, función peculiar a la autoridad judicial; ésta es quien tiene que decidir, con vista de las pruebas recabadas en el sumario, la pericial inclusive, sobre la responsabilidad o irresponsabilidad del reo.
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Registro digital (IUS): 814831
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1940; Pág. 62
Amparo directo 349/40/1a. Alvarez Ramírez Aniceto. 21 de marzo de 1940. La publicación no menciona el sentido de la votación. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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