PENALES

Artículo IUS 814946. REPARACION DEL DAÑO, TRATANDOSE DE DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD CORPORAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

REPARACION DEL DAÑO, TRATANDOSE DE DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD CORPORAL.

Las autoridades sentenciadoras violan garantías individuales cuando condenan a los acusados, por delitos contra la vida y la integridad corporal, a pagar cierta suma de dinero a los ofendidos, a pesar de que ni éstos, ni el Ministerio Público, rindieron pruebas para determinar el monto de esa reparación y la capacidad económica del obligado a cubrirla.

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Registro digital (IUS): 814946

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1954; Pág. 86

Precedentes

Amparo directo 1637/54/1a. García Osorio Rafael y Gabriel. 20 de septiembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 814946 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 814946 de la J. Penales SCJN?

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