PENALES

Artículo IUS 815509. IMPRUDENCIA. DELITO DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

IMPRUDENCIA. DELITO DE.

Si el motorista de un tranvía eléctrico, después de haberlo detenido en un escape de la vía para recabar órdenes telefónicas respecto del servicio, lo hace marchar en retroceso sin que esa maniobra hubiera sido protegida por el conductor, y arrolla a una persona que cruzaba la vía por detrás del vehículo en esos momentos, causándole la muerte, le es imputable el delito de homicidio por imprudencia, por haber obrado con manifiesta imprevisión, en los términos del artículo 8o. del Código Penal Federal.

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Registro digital (IUS): 815509

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1946; Pág. 66

Precedentes

Amparo directo 1443/46. López Hernández Eliezer. 5 de julio de 1946. Unanimidad de cinco votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815509 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815509 de la J. Penales SCJN?

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