PENALES

Artículo IUS 815538. CONDENA CONDICIONAL (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladaquinta-Épocapenal

Texto Legal

CONDENA CONDICIONAL (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

Si la acusada de un delito de lesiones, fue condenada a sufrir la pena de diez meses de prisión, y comprobó por medio de testigos que era de buenas costumbres y dedicada a sus quehaceres domésticos, y por certificación de la autoridad política del lugar de su residencia, que antes había observado buena conducta, siendo persona honrada y trabajadora, y además afirmó, al confesar su delito, que lo cometió cuando se dedicaba a trabajos agrícolas en un terreno que arrendaba cerca de su domicilio, no constando tampoco que tuviera antecedentes penales, deben considerarse como llenados los requisitos establecidos por el artículo 194 del Código Penal de Veracruz, para que se le hubiera otorgado la condicionalidad de la sanción que se le impuso, resultando aplicable, para ello, también, la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia, cuya tesis aparece bajo el número 300, en la página 367 del Apéndice al tomo LXIV del Semanario Judicial de la Federación, que establece la obligación de las autoridades judiciales para conceder ese beneficio a todo acusado que haya acreditado los requisitos legales necesarios para llegar a obtenerlo. Se otorgó, pues, la protección de la Justicia Federal a la quejosa, para que la sentencia reclamada se modificara en ese sentido.

---

Registro digital (IUS): 815538

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1944; Pág. 39

Precedentes

Amparo directo 8173/43. Rosas Ernesto. 11 de septiembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815538 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815538 de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 815538 del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 815538 PENALES desde tu celular