PENALES

Artículo IUS 815689. HOMICIDIO. DELITO QUE REVISTE CARACTER MILITAR.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

scjn-jurisprudencias-penalestesis_aisladaquinta-Épocapenal

Texto Legal

HOMICIDIO. DELITO QUE REVISTE CARACTER MILITAR.

Aparece que mientras el acusado afirma que ocurrió el hecho delictuoso la escolta a su mando llevaba a efecto servicio de vigilancia, numerosos testigos deponen en el sentido de que ese hecho sucedió después de un altercado en un billar y cantina, donde se hallaban el occiso y el acusado libando copas, y que al retirarse el occiso con otras personas que lo acompañaban, silbó el acusado para llamar a la escolta, produciéndose un tiroteo del cual resultó el homicidio; pero ya sea que este hecho delictuoso haya ocurrido en actos del servicio militar o que el acusado haya hecho uso indebido de las fuerzas que tenía a su mando, el caso incumbe a la jurisdicción de los tribunales del fuero de guerra, supuesto que, según el artículo 57, fracciones I y II, inciso a) del Código de Justicia Militar, son delitos contra la disciplina militar los especificados en el libro II de dicho código y, uno de los que prevé el capítulo II del título IX del libro II del referido código, es el abuso de autoridad que se comete por quien indebidamente, hace que una fuerza armada le preste auxilio en una riña o pendencia que, por esta causa, toma mayores proporciones (artículo 300); y también son delitos contra la disciplina militar los del orden común o federal cuando fueren cometidos por militares en los momentos de estar en servicio o con motivo de actos del mismo. Así es que, de un modo o de otro, está surtida la competencia del fuero militar establecido por el artículo 13 de la Constitución General de la República.

---

Registro digital (IUS): 815689

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1939; Pág. 72

Precedentes

Competencia 37/39. Suscitada entre los Juzgados Segundo Militar de la Plaza de México y el de Primera Instancia de Tabares, Guerrero. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona la fecha de resolución del asunto ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815689 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815689 de la J. Penales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 815689 del PENALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 815689 PENALES desde tu celular