PENALES

Artículo IUS 815736. ASOCIACION DELICTUOSA. LEGISLACION DE VERACRUZ.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

ASOCIACION DELICTUOSA. LEGISLACION DE VERACRUZ.

Para que pueda estimarse debidamente comprobado el cuerpo de este delito, no basta que se demuestre que varios individuos se asociaron o concertaron asociarse para la ejecución de un delito determinado, sino que es imprescindible que se patentice que, en términos generales, se concertó atentar contra las personas o la propiedad cuantas veces se presentase la ocasión, según las previsiones inconfundibles de la definición de ese delito, contenidas en el artículo 349 del Código Penal del Estado de Veracruz.

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Registro digital (IUS): 815736

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1945; Pág. 36

Precedentes

Amparo en revisión 6207/43. Jiménez José. 12 de febrero de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815736 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815736 de la J. Penales SCJN?

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