PENALES

Artículo IUS 815753. CONDENA CONDICIONAL. EXCLUSION DE TIEMPO DEL DELITO PARA DETERMINAR SI EL ACUSADO HA SIDO DE BUENA CONDUCTA.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

CONDENA CONDICIONAL. EXCLUSION DE TIEMPO DEL DELITO PARA DETERMINAR SI EL ACUSADO HA SIDO DE BUENA CONDUCTA.

La apreciación de sí existe o no buena conducta respecto de un acusado, debe fundarse en las pruebas del comportamiento del mismo en época anterior a la que comprende la comisión del delito. De otro modo jamás habría lugar a la condena condicional.

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Registro digital (IUS): 815753

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1945; Pág. 42

Precedentes

Amparo directo 5485/43. Hernández Castro Rodolfo. 21 de febrero de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 815753 del PENALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 815753 de la J. Penales SCJN?

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