Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
No se infringe ley alguna por las autoridades responsables, si no toman en consideración las declaraciones rendidas por los testigos, ante los comisarios de policía, porque las leyes de procedimientos penales reconocen como prueba, la testimonial recibida por las autoridades judiciales.
---
Registro digital (IUS): 815938
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1931; Pág. 104
Amparo directo 4099/29/3a. González José.Nota: Los datos del asunto en que se sostiene esta tesis así aparecen publicados en el informe.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. IUS 815935. DELITO CONTRA LA SALUD.
Siguiente
Art. IUS 815942. DOCUMENTOS, VALOR PROBATORIO DE LOS.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo