Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Cuando se hayan practicado dos autopsias sucesivas a un cadáver, por dos médicos oficiales, debe tenerse como comprobado el cuerpo del delito de homicidio, toda vez que la fracción II del artículo 557 del Código de Procedimientos Penales de dicho Estado, no exige que esa operación sea efectuada simultáneamente por dos médicos.
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Registro digital (IUS): 816130
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1935; Pág. 18
Amparo 2484/33. Amador Aguilera. 1o. de febrero de 1935. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 816129. PENA. SU RAZONADA INDIVIDUALIZACION.
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